Compañeros y compañeras, dada la gran cantidad de consultas recibidas sobre las licencias anuales desde la seccional Caleta Olivia queremos comunicar que ; seguimos con las medidas de acción directa es decir continuamos con el paro por la falta del pago del aguinaldo. Por lo cual hasta tanto no se levante dicha medida no es obligación firmar las licencias porque estariamos usufructuando el paro que llevamos adelante.
Ningún Director, Jefe y/o Supervisor Jerarquico puede obligarlos a firmar licencia.
Nuestro CCT estipula el periodo de la licencia desde el 14 de Diciembre hasta el 28 de Febrero siendo estas transferidas y poder hacer uso de las mismas antes del 20 de Noviembre del 2018, para no perderlas.
Por lo tanto, una vez que se levante el Paro podemos ir a firmar la licencia, al igual que aclaramos que tampoco es verdad que tienen que ir a trabajar un dia para recién hacer uso de la misma.
Informamos según la antigüedad los días de licencia:
- Hasta cinco años de antigüedad son 15 días hábiles.
- De cinco a diez años de antigüedad son 20 días hábiles.
- De diez a quince años de antigüedad son 25 días habiles.
- De quince a veinte años de antigüedad son 30 días hábiles.
- Mas de veinte años de antiguedad son 35 días habiles.